El reconocimiento de la persona como requisito para el ejercicio prudente de la actividad informativa

  • Tomás Atarama Rojas
Palabras clave: Información, prudencia, persona, ética de la comunicación, periodismo

Resumen

La actividad profesional del informador alcanzará su real dimensión si sigue a una toma de decisiones prudente; porque solo a través de la prudencia el informador puede medir correctamente la realidad para informarla. Partiendo de esta premisa, se desarrolla en esta investigación el reconocimiento de la persona como uno de los requisitos indispensables para poder hablar de la prudencia en la información. De este modo, se revisa temas como la pertinencia en la publicación, el respeto y promoción de la intimidad, la valoración personal del público, el deber de formación de los periodistas para poder educar al público, y la relación entre integridad moral del profesional de la información y la credibilidad.

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Biografía del autor/a

Tomás Atarama Rojas
Licenciado en Comunicación y Bachiller en Filosofía por la Universidad de Piura. Docente de Derecho de la Información y Ética de la Comunicación en la Facultad de Comunicación de la Universidad de Piura.
Publicado
10-09-2012
Cómo citar
Atarama Rojas, T. (2012). El reconocimiento de la persona como requisito para el ejercicio prudente de la actividad informativa. ComHumanitas: Revista Científica De Comunicación, 3(1), 23-36. https://doi.org/10.31207/rch.v3i1.3